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Algo más sobre las excepciones previas de arraigo, transacción, conciliación y desistimiento del derecho en el CPCCN
Por Eduardo Sirkin
“Con la reforma introducida por la ley 25.488, con vigencia a partir del 22 de mayo de 2002, se estableció uniformidad en el plazo para la oposición de excepciones de previo y especial pronunciamiento, en un solo escrito juntamente con la contestación de la demanda o reconvención.”
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Términos mencionados en esta doctrina: excepciones, reconvención, oposición, juntamente, contestación.